Los juzgados y tribunales de Asturias indemnizan lesiones sufridas en accidentes de tráfico de baja intensidad.

Los accidentes de tráfico de baja intensidad son un fenómeno frecuente. Pequeños impactos por alcance,  colisiones en rotondas. Son accidentes que causan daños materiales de escasa cuantía, lo que sirve a las aseguradoras para negar que se produzcan lesiones.

No es así. En los accidentes de tráfico con daños materiales leves se pueden sufrir lesiones. La práctica diaria así nos lo demuestra.

Cuando se reclama indemnización por lesiones en un accidente de baja intensidad,  la aseguradora suele negar las lesiones. Y en los juicios aportan informes biomecánicos para intentar demostrar que los ocupantes del vehículo no pudieron sufrir lesiones.

En la mayoría de los casos los jueces no dan validez a los informes biomecánicos.

Estos informes están basados en colisiones por alcance de vehículos distintos a los implicadas en el accidente de circulación. Tampoco tienen en cuenta  las circunstancias concretas del accidente ni otros factores relevantes. Así, por ejemplo la  posición del cuerpo de los pasajeros del vehículo, el factor sorpresa, etc.

Existen otros estudios que consideran que no se puede afirmar que en un accidente leve no se causen lesiones. El daño corporal no está en relación directa con la intensidad de la fuerza del golpe de la colisión.

Numerosas sentencias de la Audiencia Provincial de Asturias han indemnizado lesiones pese a lo que se afirmaba en el informe biomecánico.

La legislación en vigor sobre lesiones en accidentes de tráfico indemniza los traumatismos cervicales menores siempre que se den los siguientes criterios:

a) De exclusión, que consiste en que no medie otra causa que justifique totalmente la patología.

b) Cronológico, que consiste en que la sintomatología aparezca en tiempo médicamente explicable. En particular, tiene especial relevancia  que se hayan manifestado los síntomas dentro de las setenta y dos horas posteriores al accidente. O que el lesionado haya sido objeto de atención médica en este plazo.

c) Topográfico, que consiste en que haya una relación entre la zona corporal afectada por el accidente y la lesión sufrida, salvo que una explicación patogénica justifique lo contrario.

d) De intensidad, que consiste en la adecuación entre la lesión sufrida y el mecanismo de su producción, teniendo en cuenta la intensidad del accidente y las demás variables que afectan a la probabilidad de su existencia

Si usted ha sufrido lesiones en un accidente de baja intensidad, tiene derecho a reclamar una indemnización por los días de curación y las posibles secuelas. La idea de que no se producen lesiones en estos accidentes o no se indemnizan es falsa. Envienos un correo electrónico a Gonzalo López Abogados para solicitar más información.